TEXTO PALEOGRÁFICO TEXTO CRÍTICO
{h. 1r} [cruz] 1 Alto y clabaçon dorada echas en Ytalia 2 & Vn escriptorio de ebano y marfil con sus pies 3 depino 4 & Dos escritorios de ebano y bronce dorado echos 5 en Ytalia 6 & Vn bufete de nogal mediano 7 & Otro bufete delo mismo mayor con sus yerros 8 & Otro Bufete pequeño de pino cubierto de baque9ta de moscobia colorada con sus pies de nogal 10 & Vn brasero denogal con su bacia de cobre 11 & Vna Armadura de cama de campo depino 12 dorada 13 & Otra cama entera de nogal 14 & Vna camilla de cordeles de pino 15 & Vna Guitarra hordinaria 16 & Vna hechura de Vn santo christo de marfil 17 con su cruz de ebano guarnecida de bronce 18 [margen: Pinturas] & Vna lamina pequeña del salbador con marco 19 de ebano 20 & Otra pintura de Vn santo christo de media 21 Vara de alto con su marco dorado 22 & Vn espejo mediano con su marco de ebano 23 & Otro mas pequeño con el marco de la mesma manera {h. 1r} 1 alto y clabaçón dorada, echas en Italia 2 y un escritorio de ébano y marfil con sus pies 3 de pino, 4 y dos escritorios de ébano y bronce dorado, echos 5 en Italia, 6 y un bufete de nogal mediano 7 y otro bufete de lo mismo, mayor, con sus pernos, 8 y otro bufete pequeño de pino, cubierto de baqueta 9 de moscobia colorada con sus pies de nogal, 10 y un brasero de nogal con su bacía de cobre, 11 y una armadura de cama de campo de pino 12 dorada, 13 y otra cama entera de nogal, 14 y una camilla de cordeles de pino, 15 y una guitarra ordinaria, 16 y una hechura de un Santo Cristo de marfil 17 con su cruz de ébano guarnecida de bronce. 18 [margen: Pinturas] Y una lámina pequeña del Salbador con marco 19 de ébano, 20 y otra pintura de un Santo Cristo de media 21 vara de alto con su marco dorado, 22 y un espejo mediano con su marco de ébano, 23 y otro más pequeño con el marco de la mesma manera,
{h. 1v} 1 & Otro espejo mas pequeño hordinario 2 & Vna Pintura grande de dos baras y media 3 de ancho y dos de alto de la historia de Moisen 4 con su marco de ytalia dorado 5 & Otra pintura de san Juan de Vna barade 6 alto con su marco dorado de Ytalia 7 & Otra pintura de san Juan con su cordero de bara 8 yterçia de ancho yuna de alto con su marco 9 dorado de Ytalia 10 & Vn Pais de lamina de una bara de Ancho 11 dela historia de erodes y los ynoçentes con ssu 12 marco dorado llano 13 & Otra Pintura de nuestra señora dela conten14plaçion de bara y quarta de largo y una de 15 ancho con su marco dorado de Ytalia 16 & Otra Pintura de dabid con la caueza de 17 Golias de tres quartas de alto con su marco 18 dorado de Ytalia 19 & Otra Pintura de san Geronimo deVnabara 20 de alto con su marco dorado de Ytalia 21 & Otra pintura de tres quartas de alto dela 22 deGollaçion de san Juan Baptista con su marco 23 dorado de Ytalia {h. 1v} 1 y otro espejo mas pequeño ordinario, 2 y una pintura grande de dos baras y media 3 de ancho y dos de alto de la historia de Moisén 4 con su marco de Italia dorado, 5 y otra pintura de san Juan de una bara de 6 alto con su marco dorado de Italia, 7 y otra pintura de san Juan con su cordero de bara 8 y tercia de ancho y una de alto con su marco 9 dorado de Italia, 10 y un país de lámina de una bara de ancho 11 de la historia de Erodes y los inocentes con su 12 marco dorado llano, 13 y otra pintura de Nuestra Señora de la Contemplación 14 de bara y cuarta de largo y una de 15 ancho con su marco dorado de Italia, 16 y otra pintura de Dabid con la caveza de 17 Golias, de tres cuartas de alto, con su marco 18 dorado de Ytalia, 19 y otra pintura de san Gerónimo de una bara 20 de alto con su marco dorado de Italia, 21 y otra pintura de tres cuartas de alto de la 22 degollación de san Juan Baptista con su marco 23 dorado de Italia,
{h. 2r} 1 & Dos Prespectibas de bara y dos terçias de 2 ancho y bara y media de alto con sus marcos 3 dorados de Ytalia 4 & Otra pintura pequeña dela Magdalena 5 y el salbador de media bara de ancho con su 6 marco dorado de Ytalia 7 & Vn paisillo pequeño ochabado con su marco 8 dorado de Ytalia 9 & Otra Pintura de nuestra señora con su hijo en 10 los braços y san Joseph de Vara y media de alto 11 con su marco dorado de Ytalia 12 & Otra pintura de la Magdalena en penitençia 13 de Vara y media de alto con su marco dorado 14 de Ytalia 15 & Otra pintura de san Joseph de tres quartas de 16 alto con su marco dorado de Ytalia 17 & Otra pintura de san Sebastian de Vna bara 18 de alto con su marco dorado de Ytalia 19 & Otra pintura de tres quartas de alto de nuestra 20 señora con nuestro señor en los braços y san 21 Juan con su marco dorado 22 & Otra Pintura de santa Çiçilia tocando Vna 23 Guitarra de tres quartas con su marco dorado {h. 2r} 1 y dos prespectibas de bara y dos tercias de 2 ancho y bara y media de alto con sus marcos 3 dorados de Italia, 4 y otra pintura pequeña de la Magdalena 5 y el Salbador de media bara de ancho con su 6 marco dorado de Italia, 7 y un paisillo pequeño ochabado con su marco 8 dorado deItalia, 9 y otra pintura de Nuestra Señora con su hijo en 10 los braços y san Josep de vara y media de alto 11 con su marco dorado de Italia, 12 y otra pintura de la Magdalena en penitencia 13 de vara y media de alto con su marco dorado 14 de Italia, 15 y otra pintura de san Josep de tres cuartas de 16 alto con su marco dorado de Italia, 17 y otra pintura de san Sebastián de una bara 18 de alto con su marco dorado de Italia, 19 y otra pintura de tres cuartas de alto de Nuestra 20 Señora con Nuestro Señor en los braços y san 21 Juan con su marco dorado, 22 y otra pintura de santa Cicilia tocando una 23 guitarra, de tres cuartas, con su marco dorado,
{h. 2v} 1 de Ytalia: Otra pintura de santa Cathali2na del mesmo tamaño con el mesmo marco 3 & Vna pintura pequeñita de Vn religioso de 4 tabla con su marquito dorado de echura de 5 arce 6 & Otra pintura pequeñita de Vn paisillo de tabla 7 con su marquito negro 8 & Otro quadrito pequeñito de tafetan paxiço Guar9neçido con Vn marquito de ebano 10 & Vna pintura de Vn niño de una Vara de 11 ancho sin marco 12 [margen: Ropa] & Vn colchon de damasco açul, lleno de lana 13 & Vna cortina de damasco paxiço y carmesi Viexa 14 & Dos cortinas de Vna tela deYtalia delana 15 y seda de colores Verde y blanco aforradas en 16 olandilla 17 & Vna colgadura de cama de senpiterna Vieja 18 con su cobertor y rrodapies 19 & Tres tapiçes de lana muy Viexos de la historia 20 de las tres diossas 21 & Mas Vn cofre de baqueta colorada con dos çerra22duras el qual se abrio y dentro del hauia lo siguiente 23 & Dos almillas de cotonia traydas 24 & Vnos calçonçillos delienço traydos {h. 2v} 1 de Italia; otra pintura de santa Catalina 2 del mesmo tamaño con el mesmo marco, 3 y una pintura pequeñita de un religioso, de 4 tabla, con su marquito dorado de echura de 5 arce, 6 y otra pintura pequeñita de un paisillo, de tabla, 7 con su marquito negro, 8 y otro cuadrito pequeñito de tafetán paxiço guarnecido 9 con un marquito de ébano, 10 e una pintura de un niño de una vara de 11 ancho sin marco. 12 [margen: Ropa] Y un colchón de damasco açul lleno de lana, 13 y una cortina de damasco paxiço y carmesí viexa, 14 y dos cortinas de una tela de Italia de lana 15 y seda de colores verde y blanco aforradas en 16 olandilla, 17 y una colgadura de cama de senpiterna vieja 18 con su cobertor y rodapiés, 19 y tres tapices de lana muy viexos de la historia 20 de las tres diossas, 21 y más un cofre de baqueta colorada con dos cerraduras, 22 el cual se abrió y dentro d'él avía lo siguiente: 23 y dos almillas de cotonía traídas, 24 y unos calçoncillos de lienço traídos,
{h. 3r} 1 & Dos sabanas de ruan traidas 2 & Otra sabana de lienço muy Viexa 3 & Vna Camissa de ruan nueba 4 & Vn par de medias de ylo 5 & Vna Almoada Viexa de lienço 6 & Otro par de calçonçillos de lienço Viejos 7 & Otra camissa de lienço Viexa 8 & Vna Toalla de cambray guarneçidas de puntas 9 de flandes 10 & Vn paño de manos Viexo con desilados 11 & Veinte y quatro obillos de lino ylados 12 & Otros Veinte y quatro de estopa 13 & Todos los quales dichos Vienes se allaron en el dicho 14 cofre y se boluieron a meter dentro del y se çerro 15 & Otro cofre de baqueta colorada con la tapa cha16ta el qual se abrio que estaba çerrado y dentro 17 de el seallo lo siguiente 18 & Vna camissa de ruan nueba 19 & Vnos Manteles rreales nuebos 20 & Otros manteles alemaniscos traidos 21 & Dos camissas de ruan nuebas 22 & Otras tres camissas de la mesma manera 23 & Un Bestido de rraja de segouia de colores {h. 3r} 1 y dos sábanas de ruán traídas, 2 y otra sábana de lienço muy viexa, 3 y una camisa de ruán nueba, 4 y un par de medias de ilo, 5 y una almoada viexa de lienço, 6 y otro par de calçoncillos de lienço viejos, 7 y otra camissa de lienço viexa, 8 y una toalla de cambray guarnecidas de puntas 9 de Flandes, 10 y un paño de manos viexo con desilados, 11 y veinte y cuatro obillos de lino ilados, 12 y otros veinte y cuatro de estopa. 13 Y todos los cuales dichos vienes se allaron en el dicho 14 cofre y se bolvieron a meter dentro d'él y se cerró. 15 Y otro cofre de baqueta colorada con la tapa chata, 16 el cual se abrió, que estaba cerrado, y dentro 17 de él se alló lo siguiente: 18 y una camisa de ruán nueba, 19 y unos manteles reales nuebos, 20 y otros manteles alemaniscos traídos, 21 y dos camisas de ruán nuebas, 22 y otras tres camisas de la mesma manera, 23 y un bestido de raja de Segovia de colores,
{h. 3v} 1 passa calçon ropilla ferreruelo y Vn Garina 2 con sus cabos de rraso plateados bordados 3 de seda noguerada 4 & Otro Bestido calçon ropilla y ferreruelo de 5 senpiterna berdegay 6 & Vn Jubon de tela açul Viexo: que todos los 7 dichos Vienes seallaron en el dicho cofre y se boluie8ron a meter dentro del y çerrarle como se estaba 9 & Calçon y rropilla de terçiopelo de Ytalia labrado 10 forrado en tafetan noguerado 11 & Vn Manteo de bayeta Viexo 12 & Vna loba de gorgueran de ytalia traida 13 Vn çiñidor de seda 14 & Vna fraçada blanca 15 & Vna colcha de cotonia afelpada traida 16 & Dos espadas Vna culebrina y otra Valençiana 17 & Otro Cofre como el primero el qual se abrio que esta18ba çerrado y dentro del seallo lo siguiente 19 & Primeramente Vna cortinilla de safetan 20 carmesi de Ytalia con su Barilla y una borla 21 y no seallo otra cossa en el dicho cofre y se bolvio a 22 çerrar como se estaba 23 & Mas se abrio otro Cofre de baqueta de moscobia {h. 3v} 1 passacalçón, ropilla, ferreruelo y ungarina 2 con sus cabos de raso plateados bordados 3 de seda noguerada, 4 y otro bestido, calçón, ropilla y ferreruelo de 5 sempiterna berdegay, 6 y un jubón de tela açul viexo, que todos los 7 dichos vienes se allaron en el dicho cofre y se bolvieron 8 a meter dentro d'él y cerrarle como se estaba; 9 y calçón y ropilla de terciopelo de Italia labrado, 10 forrado en tafetán noguerado, 11 y un manteo de bayeta viexo, 12 y una loba de gorguerán de Italia traída, 13 un çiñidor de seda, 14 y una fraçada blanca, 15 y una colcha de cotonía afelpada traída, 16 y dos espadas, una culebrina y otra valenciana; 17 y otro cofre como el primero, el cual se abrió, que estaba 18 cerrado, y dentro d'él se alló lo siguiente: 19 y primeramente, una cortinilla de tafetán 20 carmesí de Italia, con su barilla y una borla, 21 y no se alló otra cosa en el dicho cofre y se bolvió a 22 cerrar como se estaba. 23 Y más, se abrió otro cofre de baqueta de Moscobia
{h. 4r} [margen: 1.653] 1 Como el segundo y dentro del seallo lo siguiente 2 & Vn manteo y loba y calçon y rropilla de baie3ta de alconcher Viexo 4 & Vn Capote de albornos Viexo forrado en baieta 5 & Otro Manteo y ferreruelo de bayeta Viexo 6 & Dos sombreros aforrados en tafetan Viejos 7 Ylos dichos Vienes seallaron en el dicho cofre y se bol 8 uio açerrar como se estaba 9 & Abriose Vn escriptorio de ebano y marfil delos Im10bentariados y dentro del seallo en Vna nabeta 11 lo siguiente 12 & Vnos papeles de poca ynportançia que por serlo 13 no seymbentariaron 14 en otra nabeta seallaron otros papeles Viexos de 15 cartas por lo qual no sepusieron con distincion 16 & Mas se abrio otra nabeta y dentro de ella esta 17 ba Vn brebiario y un diurno y otros papeles y to18das las demas del dicho escriptorio tenian papeles 19 de correspondencias que se boluieron acerrar para 20 berlos y rrejistrarlos y ponerlos por Ymbentario 21 con distinçion 22 & Mas se abrio otro escriptorio de ebano y bronce 23 yen Vna nabeta del seallo lo siguiente 24 & Vn rosario de coços con quentas Grandes 25 & Asimismo en otra nabeta Vn relicario de {h. 4r} 1 como el segundo, y dentro d'él se alló lo siguiente: 2 y un manteo y loba y calçón y ropilla de bayeta 3 de alconcher viexo, 4 y un capote de albornós viexo forrado en bayeta, 5 y otro manteo y ferreruelo de bayeta viexo, 6 y dos sombreros aforrados en tafetán viejos. 7 Y los dichos vienes se allaron en el dicho cofre y se bolvió 8 a cerrar como se estaba. 9 Y abrióse un escritorio de ébano y marfil de los imbentariados 10 y dentro d'él se alló en una nabeta 11 lo siguiente: 12 y unos papeles de poca importancia que por serlo 13 no se imbentariaron. 14 En otra nabeta se allaron otros papeles viexos de 15 cartas, por lo cual no se pusieron con distinción. 16 Y más se abrió otra nabeta, y dentro d'ella estaba 17 un brebiario y un diurno y otros papeles, y todas 18 las demás del dicho escritorio tenían papeles 19 de correspondencias, que se bolvieron a cerrar para 20 berlos y registrarlos y ponerlos por imbentario 21 con distinción. 22 Y más se abrió otro escritorio de ébano y bronce, 23 y en una nabeta d'él se alló lo siguiente: 24 y un rosario de coços con cuentas grandes. 25 Y asimismo en otra nabeta un relicario de
{h. 4v} 1 Agnus guarneçido de oro falsso 2 & en otra nabeta Vnas mangas de tafetan 3 doble negro 4 & Yenlas demas Nabetas del dicho escriptorio 5 no seallaron sino es papeles Viejos que se dexaron 6 para ymbentariarlos con los demas en forma 7 & Asi mismo se abrieron las nabetas de otro escri8torio de lo mismo y dentro de ellas seallaron 9 papeles diferentes que no se ymbentariaronpor 10 aora hasta rexistrarlos y ponerlos con los de 11 mas en forma 12 & Vna pistola con llabe de rueda y un cañonY 13 llabe de otra 14 & Vn belon de açofar con quatro mecheros Y su an 15 tepara grande 16 &Vn calentador de lo mismo 17 & Vna sarten pequeñita Y un cazo pequeñito y 18 Vn asador pequeño 19 & Dos colchones de lienço Viexos con su lana 20 & Vna Junçiera de talabera 21 & Vn marco con quinçe vidrieras hordinarias 22 & Yeneste estado por aora se quedo el dicho Ymben23tario para proseguir enel quando combenga 24 y los dichos Vienes ymbentariados quedaron {h. 4v} 1 Agnus guarnecido de oro falso, 2 y en otra nabeta unas mangas de tafetán 3 doble negro. 4 Y en las demás nabetas del dicho escritorio 5 no se allaron sino es papeles viejos, que se dexaron 6 para imbentariarlos con los demás en forma. 7 Y así mismo se abrieron las nabetas de otro escritorio 8 de lo mismo y dentro de ellas se allaron 9 papeles diferentes que no se imbentariaron por 10 aora, hasta rexistrarlos y ponerlos con los demás 11 en forma. 12 Y una pistola con llabe de rueda y un cañón y 13 llabe de otra, 14 y un belón de açófar con cuatro mecheros y su antepara 15 grande, 16 y un calentador de lo mismo, 17 y una sartén pequeñita y un cazo pequeñito y 18 un asador pequeño, 19 y dos colchones de lienço viexos con su lana, 20 y una junciera de Talabera, 21 y un marco con quince vidrieras ordinarias, 22 y en este estado por ahora se quedó el dicho imbentario 23 para proseguir en él cuando combenga, 24 y los dichos vienes imbentariados quedaron
{h. 5r} 1 en poder del dicho don Rodrigo de espinosa 2 Vno de los dichos testamentarios con obligacion 3 de tenerlos de manifiesto a ley de deposito y el 4 susso dicho se constituyo por tal depositario de 5 los dichos Vienes: con declaraçion que hiçieron 6 los dichos testamentarios que los demas Vienes 7 que quedan por ymbentariar que estaban den 8 tro de la cassa donde Viuia el dicho Don Gabriel 9 no es mas de la libreria que esta en sus estantes 10 que Vno de ellos que esta entre las dos benta11nas del quarto haçia la calle tiene ciento Yochen12ta cuerpos pequeños y grandes eynformaçiones 13 en derecho: Y en otros estantes que estan frontero 14 delas Ventanas ay quatroçientos y treinta y 15 çinco cuerpos de libros grandes y pequeños que 16 entre los quales ay algunos de diferentes persso17nas que estan prestados y no sea hecho ymben18tario de ellos aora por menor hasta hauer entrega19do alas personas cuyos son los que les tocan 20 y en esta conformidad se constituye asimismo 21 por depositario delos dichos libros y lo otorgo assi 22 siendo testigos el lliçençiado Blas lopez loçano 23 y Thomas antonio de obregon y Pedro de Villa 24 lobos Veçinos desta uilla y lo firmo el dicho otorgante {h. 5r} 1 en poder del dicho don Rodrigo de Espinosa, 2 uno de los dichos testamentarios, con obligación 3 de tenerlos de manifiesto a ley de depósito, y el 4 sussodicho se constituyó por tal depositario de 5 los dichos vienes con declaración que hicieron 6 los dichos testamentarios que los demás vienes, 7 que quedan por imbentariar, que estaban dentro 8 de la cassa donde vivía el dicho don Gabriel 9 no es más de la librería que está en sus estantes, 10 que uno de ellos que está entre las dos bentanas 11 del cuarto haçia la calle tiene ciento y ochenta 12 cuerpos pequeños y grandes e informaçiones 13 en derecho. Y en otros estantes que están frontero 14 de las ventanas ay cuatrocientos y treinta y 15 cinco cuerpos de libros grandes y pequeños, que 16 entre los cuales ay algunos de diferentes personas 17 que están prestados, y no se á hecho imbentario 18 de ellos aora por menor hasta aver entregado 19 a las personas cuyos son los que les tocan, 20 y en esta conformidad se constituye asimismo 21 por depositario de los dichos libros y lo otorgó assí, 22 siendo testigos el liçenciado Blas López Loçano, 23 y Tomás Antonio de Obregón y Pedro de Villalobos, 24 vecinos d'esta villa, y lo firmó el dicho otorgante
{h. 5v} 1 y los demas testamentarios: Rodrigo de 2 espinossa riuadeneyra: Don luis de espinosa: 3 françisco de obiedo: ante mi Antonio de Vega 4 [margen: Prosigue] En la villa de madrid a Veinte y tres dias 5 del mes de Jullio de mill y seisçientos y çinquenta 6 y tres años el dicho donRodrigo de espinosa prosi7guiendo en el dicho ymbentario delos Vienes que 8 quedaron por fin y muerte del dicho Don Gabriel 9 de espinosa ymbentario los Vienes siguientes 10 que son Vnas pinturas que estaban en cassa de 11 el señor Don Juan chacon Cauallero de la horden 12 de calatraba del consejo de su Magestad enel 13 rreal de castilla que son del dicho Don Gabriel en 14 la manera siguiente 15 [margen: Pinturas] Primeramente Vna pintura de Vna santa de16gollada con su Marco dorado de Ytalia 17 & Otra de Vn san sebastian de tres quartas de 18 largo con su marco dorado de Ytalia 19 & Vn Judiç. con la caueça de san Juan de tres quar20tas de largo y media Vara de alto con su marco 21 dorado de Ytalia 22 & Vna Santa Chatalina de bara y tres quartas 23 de ancho con su marco de Ytalia 24 & Vna pintura de Vn cupido de bara de Alto 25 y tres quartas de ancho {h. 5v} 1 y los demás testamentarios. Rodrigo de 2 Espinossa Rivadeneira, don Luis de Espinosa, 3 Francisco de Obiedo. Ante mí, Antonio de Vega. 4 [margen: Prosigue] En la villa de Madrid, a veinte y tres días 5 del mes de julio de mil y seiscientos y cincuenta 6 y tres años, el dicho don Rodrigo de Espinosa, prosiguiendo 7 en el dicho imbentario de los vienes que 8 quedaron por fin y muerte del dicho don Gabriel 9 de Espinosa, imbentarió los vienes siguientes, 10 que son unas pinturas que estaban en cassa de 11 el señor don Juan Chacón, cavallero de la orden 12 de Calatraba, del consejo de su magestad en el 13 real de Castilla, que son del dicho don Gabriel, en 14 la manera siguiente. 15 [margen: Pintura] Primeramente, una pintura de una santa degollada 16 con su marco dorado de Italia, 17 y otra de un san Sebastián de tres cuartas de 18 largo con su marco dorado de Italia, 19 y un Judiç con la caveça de san Juan de tres cuartas 20 de largo y media vara de alto con su marco 21 dorado de Italia, 22 y una santa Catalina de bara y tres cuartas 23 de ancho con su marco dorado de Italia, 24 y una pintura de un cupido de bara de alto 25 y tres cuartas de ancho,
{h. 6r} 1 & Vna prespectiba ochabada con su marco dorado 2 de Ytalia 3 & Otra de Vna samaritana de media bara delar4go y dos terçias de ancho con su marco de Ytalia 5 & Otra de Vn lienço de Vara dealto y tres quartas 6 de ancho con su marco de Ytalia de dos fijuras 7 armadas 8 & Otra del mesmo tamaño de Vara y tres quartas 9 de alto con su marco dorado de Ytalia de tres 10 figuras y una en Vn cauallo 11 Y Con los dichos Vienes Ymbentariados seacabo 12 de haçer el dicho ymbentario delos que quedaron 13 por muerte del dicho lliçençiado Don Gabriel de 14 espinosa y el dicho don Rodrigo de espinosa riua 15 deneyra juro por Dios nuestro señor y por la cruz 16 en forma de derecho de que no sabe ayan queda17do mas Vienes delos que ban ymbentariados del 18 dicho don Gabriel de espinosa y que cada y quan19do que llegue asu notiçia o seallaren mas Vienes 20 del suso dicho hara ymbentario de ellos Juridico 21 yen forma y delos que aora ban puestos por Ym22bentario y de todos los demas otorgo rreçibo en 23 forma por quedar en su poder con obligaçion de 24 los tener de manifiesto a ley de deposito y lo 25 firmo: Rodrigo de espinossa riuadeneyra: {h. 6r} 1 y una prespectiba ochabada con su marco dorado 2 de Italia, 3 y otra de una samaritana de media bara de largo 4 y dos tercias de ancho con su marco de Italia 5 y otra de un lienço de vara de alto y tres cuartas 6 de ancho con su marco de Italia de dos fijuras 7 armadas 8 y otra del mesmo tamaño de vara y tres cuartas 9 de alto con su marco dorado de Italia de tres 10 figuras y una en un cavallo. 11 Y con los dichos vienes imbentariados se acabó 12 de hacer el dicho imbentario de los que quedaron 13 por muerte del dicho licenciado don Gabriel de 14 Espinosa, y el dicho don Rodrigo de Espinosa Rivadeneira 15 juró por Dios Nuestro señor y por la cruz 16 en forma de derecho de que no sabe ayan quedado 17 más vienes de los que ban imbentariados del 18 dicho don Gabriel de Espinosa, y que cada y cuando 19 que llegue a su noticia o se allaren más vienes 20 del susodicho hará imbentario de ellos jurídico 21 y en forma, y de los que aora ban puestos por imbentario 22 y de todos los demás otorgó recibo en 23 forma por quedar en su poder, con obligación de 24 los tener de manifiesto a ley de depósito, y lo 25 firmó. Rodrigo de Espinossa Rivadeneyra.
{h. 6v} 1 ante mi Antonio de Vega 2 [margen: Pedimiento] Don Rodrigo de espinosa Riuadeneyra Veçino 3 dela uilla de cassarrubios del monte testamen4tario ynsolidum y Vno de los herederos de el llizenciado 5 Don Gabriel de espinosa mi hermano difunto por 6 mi mismo y en nombre y en Virtud del poder que 7 tengo de el llizençiado Juan de espinosa Alcalde 8 hordinario de el estado de los hijos dealgo dela 9 dicha Villa de cassarrubios y doña Maria de 10 espinosa Viuda del lliçençiado Don Geronimo sua11rez de bustamante contador mayor que fue del 12 estado dela dicha Villa y Veçinos de ella todos 13 tres testamentarios y herederos con Venefiçio de 14 ymbentario del dicho don Gabriel de espinosa: 15 digo que por Vuestramerced esta mandado de mi pedimiento 16 se hiçiese ymbentario delos Vienes que quedaron 17 por fin y muerte del dicho Don Gabriel el qual 18 esta hecho y es neçesario haçer tasaçion de ellos y pa19ra que conste de su Valor paracuyo efecto desde 20 luego por mi y en nombre delos suso dichos y en Vir21tud del dicho poder que es el que presento en debida 22 forma nombro por tasador de las cossas de madera 23 a Pedro gonçalez de Villasante maestro ebanista 24 que Viue ala plaçuela del Angel: Y para las pin {h. 6v} 1 Ante mí, Antonio de Vega. 2 [margen: Pedimiento] Don Rodrigo de Espinosa Rivadeneira, vecino 3 de la villa de Cassarrubios del Monte, testamentario 4 in solidum y uno de los herederos de el lizenciado 5 don Gabriel de Espinosa, mi hermano difunto, por 6 mí mismo y en nombre y en virtud del poder que 7 tengo de el lizenciado Juan de Espinosa, alcalde 8 ordinario de el estado de los hijos de algo de la 9 dicha villa de Cassarrubios, y doña María de 10 Espinosa, viuda del licenciado don Gerónimo Suárez 11 de Bustamante, contador mayor que fue de 12 estado de la dicha villa y vecinos de ella, todos 13 tres testamentarios y herederos con veneficio de 14 imbentario del dicho don Gabriel de Espinosa. 15 Digo que por vuestra merced está mandado de mi pedimiento 16 se hiciese imbentario de los vienes que quedaron 17 por fin y muerte del dicho don Gabriel, el cual 18 está hecho, y es neçesario hacer tasación de ellos, y para 19 que conste de su valor para cuyo efecto desde 20 luego por mí y en nombre de los susodichos y en virtud 21 del dicho poder, que es el que presento en debida 22 forma, nombro por tasador de las cossas de madera 23 a Pedro Gonçález de Villasante, maestro ebanista, 24 que vive a la plaçuela del Ángel, y para las pinturas
{h. 7r} 1 turas a Gabriel de fontecha Maestro pintor que 2 Viue en la calle delas carretas y para las cossas 3 de ropa y Vestidos a Antonio ocon Maestro sastre 4 que Viue a la plateria: Y para las cossas de ropa 5 blanca a Maria Gomez criada que fue del dicho 6 don Gabriel: a Vuestramerced pido y suplico aya por nom7brados alos suso dichos y mande que hagan lata8saçion delos dichos Vienes pues es Justiçia laqual 9 pido Vª: Rodrigo de espinosa 10 [margen: Autto] Agase el Ymbentario y tasaçion que por esta petiçion 11 sepide por las personas Y tasadores enella nombra12dos por ante el presente scriuano del numero aquien 13 seda comision en forma el sor Don Alonso de castro 14 y castillo theniente de corregidor lo mando en Ma15drid atres dias delmes de Agosto de mill y seiscien16tos y çinquenta y tres años: el lliçençiado don Alonso 17 de castro: ante mi Antonio de Vega 18 [margen: tassacion de madera] En la Villa de Madrid a tres dias del mes 19 de Agosto de mill y seisçientos y cinquenta y 20 tres años yo el scriuano reçiui Juramento por Dios nro 21 señor y por la cruz en forma de derecho de Pedro 22 gonçalez de Villasante Maestro ebanista que Viue 23 en la plaçuela del angel destauilla en cassas delos 24 herederos de Doña Maria del Valle tasador nom25brado para tassar las cossas de madera ymbentariadas {h. 7r} 1 a Gabriel de Fontecha, maestro pintor, que 2 vive en la calle de las Carretas, y para las cossas 3 de ropa y vestidos a Antonio Ocón, maestro sastre, 4 que vive a la Platería, y para las cossas de ropa 5 blanca a María Gómez, criada que fue del dicho 6 don Gabriel. A vuestra merced pido y suplico aya por nombrados 7 a los susodichos y mande que hagan la tasación 8 de los dichos bienes, pues es justiçia la cual 9 pido. <...> Rodrigo de Espinosa. 10 [margen: Auto] Ágase el imbentario y tasación que por esta petición 11 se pide, por las personas y tasadores en ella nombrados 12 por ante el presente escrivano del número a quien 13 se da comisión en forma. El señor don Alonso de Castro 14 y Castillo, teniente de corregidor lo mandó, en Madrid, 15 a tres días del mes de agosto de mil y seiscientos 16 y cincuenta y tres años. El licenciado don Alonso 17 de Castro. Ante mí, Antonio de Vega. 18 [margen: Tassación de madera] En la villa de Madrid, a tres días del mes 19 de agosto de mil y seiscientos y cincuenta y 20 tres años, yo el escrivano reciví juramento por Dios Nuestro 21 Señor y por la cruz en forma de derecho de Pedro 22 Gonçález de Villasante, maestro ebanista que vive 23 en la plaçuela del Ángel d'esta uilla, en cassas de los 24 herederos de doña María del Valle, tasador nombrado 25 para tassar las cossas de madera imbentariadas
{h. 7v} 1 que quedaron entre los demas Vienes por 2 muerte del lliçençiado don Gabriel de espinossa 3 el qual hauiendo jurado y aceptado el dicho nom4bramiento hiço la dicha tasaçion en la forma y 5 manera siguiente 6 & Primeramente Doçe sillas de baqueta de moscobia 7 con clauaçon dorada hechas al Vsso de Ytalia 8 las tassa a quarenta reales cada Vna Vna con otra 9 & Mas Vn bufete de nogal mediano tasado en 10 treinta rreales 11 & Mas otro bufete de nogal mayor con sus Yerros 12 tasado en quarenta Reales 13 & Mas otro bufete depino cubierto de baqueta con sus 14 pies de nogal tasado en Veinte reales 15 & Mas tasso Vn brasero denogal redondo delos an16tiguos con su baçia de cobre tassado en quatro ducados 17 & Vna Armadura de cama de campo depino dora18da Vieja que le falta todo el echo y berjuelas Y re19matillos tassada en Veinte y quatro rreales 20 & Mas Vna cama entera de nogal lissa tassada 21 en çien reales 22 & Vna camilla de cordeles depino tasada en dos 23 Reales 24 & Vna Guitarra Hordinaria Vieja tassada en 25 seis rreales {h. 7v} 1 que quedaron entre los demás vienes por 2 muerte del licenciado don Gabriel de Espinossa, 3 el cual, haviendo jurado y aceptado el dicho nombramiento, 4 hiço la dicha tasación en la forma y 5 manera siguiente: 6 Primeramente, doce sillas de baqueta de Moscobia 7 con clavaçón dorada, hechas al usso de Italia; 8 las tassa a cuarenta reales cada una una con otra, 9 y más un bufete de nogal mediano, tasado en 10 treinta reales, 11 y más otro bufete de nogal mayor con sus yerros, 12 tasado en cuarenta reales, 13 y más otro bufete de pino cubierto de baqueta, con sus 14 pies de nogal, tasado en veinte reales. 15 Más tassó un brasero de nogal redondo de los antiguos, 16 con su bacía de cobre, tassado en cuatro ducados, 17 y una armadura de cama de campo de pino dorada 18 vieja, que le falta todo el lecho y berjuelas y rematillos, 19 tassada en veinte y cuatro reales, 20 y más una cama entera de nogal lissa, tassada 21 en cien reales, 22 y una camilla de cordeles, de pino, tasada en dos 23 reales, 24 y una guitarra ordinaria vieja, tassada en 25 seis reales,
{h. 8r} 1 & Vna Hechura de Vn santo christo de marfil 2 con su cruz de ebano guarneçida de bronçe tasa3da en Duçientos rreales 4 & Vn escriptorio de ebano y marfil con Vn bufetillo 5 de pino tasado en quinientos rreales 6 & Dos escritorios de a bara de palo santo Y ebano 7 con sus chapas de laton de medio rreliebe tasados 8 ambos en seisçientos rreales 9 & Vn espejo mediano con su marco de ebano tasado en 10 tresçientos rreales 11 & Mas otro mas pequeño con el marco delamesma 12 manera tasado en çien reales 13 & Mas otro espejo pequeño Hordinario tasado en doçe 14 rreales 15 & Vn cofre de baqueta colorada con dos çerraduras ta16sado en quarenta rreales 17 & Mas otro cofre dela mesma manera tasados en otros 18 quarenta rreales 19 & Mas otros dos Arquetones de baqueta tasados a 20 seis ducados cada Vno 21 & Vna pistola con llabe de rueda françessa tasada en 22 dos ducados 23 &Vn belon de açofar con quatro mecheros ysu antepara 24 tasado en setenta rreales 25 & Vn Calentador de lo mesmo tasado en Veinte Reales 26 & Vna sarten pequeñita y un cazo pequeño Y Vn assador {h. 8r} 1 y una hechura de un Santo Cristo de marfil 2 con su cruz de ébano, guarnecida de bronce tasada 3 en ducientos reales, 4 y un escritorio de ébano y marfil con un bufetillo 5 de pino, tasado en quinientos reales, 6 y dos escritorios de a bara, de palo santo ébano, 7 con sus chapas de latón de medio reliebe, tasados 8 ambos en seiscientos reales, 9 y un espejo mediano con su marco de ébano, tasado en 10 trescientos reales, 11 y más otro más pequeño con el marco de la mesma 12 manera, tasado en cien reales, 13 y más otro espejo pequeño ordinario, tasado en doce 14 reales, 15 y un cofre de baqueta colorada con dos cerraduras, tasado 16 en cuarenta reales, 17 y más otro cofre de la mesma manera, tasados en otros 18 cuarenta reales, 19 y más otros dos arquetones de baqueta, tasados a 20 seis ducados cada uno, 21 y una pistola con llabe de rueda francessa, tasada en 22 dos ducados, 23 y un belón de açófar con cuatro mecheros y su antepara, 24 tasado en setenta reales, 25 y un calentador de lo mesmo, tasado en veinte reales, 26 y una sartén pequeñita, y un cazo pequeño y un assador,
{h. 8v} 1 tasado todo en Nueve rreales 2 & Vn marco con quinçe bidrieras hordinarias 3 tasado en treinta rreales 4 & La qual dicha tasaçion el dicho Pedro gonçalez 5 de Villasante dixo hauerla hecho de bajo del 6 dicho Juramento bien y fielmente a su sauer Y en 7 tender sin haçer agrauio a ninguna delas par8tes y lo firmo y que es de hedad de treinta y 9 seis años poco mas o menos: Pedro gonçalez de 10 Villasante: ante mi Antonio de Vega 11 [margen: Tassacion de pinturas] En la Villa de Madrid a tres dias del mes 12 de Agosto de mill y seisçientos y çinquenta y 13 tres años yo el escriuano rreçiui Juramento por 14 Dios nuestro señor y por Vna señal de cruz enfor15ma de derecho de Gabriel de fontecha que asi se 16 dixo llamar y ser Maestro pintor que Viue enla 17 calle de las carretas en cassas de Phellipe de çepe18da tasador nombrado para las pinturas que que19daron por muerte del dicho don Gabriel de espinosa 20 el qual Hauiendo Jurado hiço la tasaçion de ellas 21 en la forma y manera siguiente 22 & Primeramente Vna lamina pequeña del salbador 23 con marco de ebano tassada en quarenta Reales 24 & Vna pintura de Vn santo christo de media bara {h. 8v} 1 tasado todo en nueve reales, 2 y un marco con quince bidrieras ordinarias, 3 tasado en treinta reales. 4 La cual dicha tasación el dicho Pedro Gonçález 5 de Villasante dixo averla hecho debajo de 6 dicho juramento bien y fielmente a su saver y entender, 7 sin hacer agravio a ninguna de las partes, 8 y lo firmó; y que es de edad de treinta y 9 seis años poco más o menos. Pedro Gonçález de 10 Villasante. Ante mí, Antonio de Vega. 11 [margen: Tassación de pintura] En la villa de Madrid, a tres días del mes 12 de agosto de mil y seiscientos y cinquenta y 13 tres años, yo el escrivano reciví juramento por 14 Dios Nuestro Señor y por una señal de cruz, en forma 15 de derecho, de Gabriel de Fontecha, que así se 16 dixo llamar y ser maestro pintor, que vive en la 17 calle de las Carretas, en cassas de Felipe de Cepeda, 18 tasador nombrado para las pinturas que quedaron 19 por muerte del dicho don Gabriel de Espinosa; 20 el cual, haviendo jurado, hiço la tasación de ellas 21 en la forma y manera siguiente: 22 primeramente, una lámina pequeña del Salbador 23 con marco de ébano, tassada en cuarenta reales, 24 y una pintura de un Santo Cristo de media bara
{h. 9r} 1 de Alto con su marco dorado tasado en çin2quenta reales 3 & Vna pintura Grande de dos baras Y mediade 4 ancho y dos de alto dela historia de moissen 5 con su marco dorado de Ytalia tasada en ocho 6 çientos rreales 7 & Otra pintura de san Juan deVna bara de Alto 8 con su marco dorado de Ytalia en çiento Ytrein9tarreales 10 & Otra Pintura de san Juan deVna bara de 11 alto y terçia de ancho con su cordero y marco dora 12 do deytalia tasado en diez ducados 13 & Vn pais de lamina de Vna bara de ancho dela 14 historia de erodes y los Ynoçentes con su marco 15 dorado llano tasado en quatroçientos rreales 16 & Otra pintura de nuestra señora dela contenpla17çion de Vara y quarta de largo Yuna de ancho 18 con su marco dorado de Ytalia en tresçientos Reales 19 Otra Pintura de dabid con la caueza de Golias 20 de tres quartas de Alto con su marco dorado de 21 ytalia tasado en çien rreales 22 & Otra pintura de san Geronimo de Vna bara 23 de Alto con su marco dorado de Ytalia en Dos 24 çientos Y ochenta rreales 25 & Otra pintura de la degollaçion de san Joan Baptista {h. 9r} 1 de alto con su marco dorado, tasado en cincuenta 2 reales, 3 y una pintura grande de dos baras y media de 4 ancho y dos de alto de la historia de Moissén 5 con su marco dorado de Italia, tasada en ochocientos 6 reales, 7 y otra pintura de san Juan, de una bara de alto 8 con su marco dorado de Italia, en ciento y treinta 9 reales, 10 y otra pintura de san Juan de una bara de 11 alto y tercia de ancho con su cordero y marco dorado 12 de Italia, tasado en diez ducados, 13 y un país de lámina de una bara de ancho de la 14 historia de Erodes y los inocentes con su marco 15 dorado llano, tasado en cuatrocientos reales, 16 y otra pintura de Nuestra Señora de la Contemplación 17 de vara y cuarta de largo y una de ancho 18 con su marco dorado de Italia, en trescientos reales; 19 otra pintura de David con la caveza de Golías 20 de tres cuartas de alto con su marco dorado de 21 Italia, tasado en cien reales, 22 y otra pintura de san Gerónimo, de una bara 23 de alto con su marco dorado de Italia, en doscientos 24 y ochenta reales; 25 y otra pintura de la degollación de san Joán Baptista
{h. 9v} 1 con su marco dorado de Ytalia tasada en 2 diez ducados 3 & Dos prespectibas de bara y dos terçias de ancho 4 y bara y media de alto con sus marcos dorados 5 deYtalia tasadas ambas en quinientos Reales 6 & Mas otra pintura pequeña de la magdalena 7 y el salbador de media bara de ancho con su marco 8 dorado de Ytalia tassado en çien rreales 9 & Vn paisillo pequeño de Ytalia ochabado con ssu 10 marco dorado de Ytalia en treinta y seis rreales 11 & Otra pintura de nuestra señora con su hijo en 12 los braços y san Joseph de bara y media de alto 13 con su marco dorado deytalia tasada en tresçien14tos rreales 15 & Mas otra pintura dela magdalena en peniten16çia de Vara y media de alto con su marco dorado 17 de Ytalia tasada en çien reales 18 & Otra pintura de san Joseph de tres quartas de 19 alto con su marco dorado de Ytalia tasada en 20 ochenta reales 21 Vna pintura de san Sebastian de Vna bara de 22 alto con su maro dorado de Ytalia tasada en 23 çien reales 24 & Otra Pintura de santa Çiçilia tocando Vnaguitarra {h. 9v} 1 con su marco dorado de Italia, tasada en 2 diez ducados; 3 y dos prespectibas de bara y dos tercias de ancho 4 y bara y media de alto con sus marcos dorados 5 de Italia, tasadas ambas en quinientos reales; 6 y más otra pintura pequeña de la Magdalena 7 y el Salbador de media bara de ancho con su marco 8 dorado de Italia, tassado en cien reales; 9 y un paisillo pequeño de Italia ochabado con su 10 marco dorado de Italia, en treinta y seis reales; 11 y otra pintura de Nuestra Señora con su hijo en 12 los braços y san Josep de bara y media de alto 13 con su marco dorado de Italia, tasada en trescientos 14 reales; 15 y más otra pintura de la Magdalena en penitencia 16 de vara y media de alto con su marco dorado 17 de Italia, tasada en cien reales; 18 y otra pintura de san Josep de tres cuartas de 19 alto con su marco dorado de Italia tasada en 20 ochenta reales; 21 una pintura de san Sebastián de una bara de 22 alto con su marco dorado de Italia tasada en 23 cien reales; 24 y otra pintura de santa Cicilia tocando una guitarra
{h. 10r} 1 de tres quartas de alto con su marco dora2do de Ytalia tasada en setenta reales 3 & Otra pintura de santa Cathalina del mesmo tama4ño tassada en setenta reales 5 & Mas Vna pintura pequeñita de Vn rrelixiosso 6 de tabla con su marquito dorado de echura de 7 arte tasado en Veinte reales 8 & Mas otra pintura pequeñita de Vn paisillo de 9 tabla con su marquito negro tasada en Veintte 10 rreales 11 & Mas otro quadrito pequeñito de tafetan pajiço 12 guarneçido con Vn marquito de ebano tassado 13 en seis rreales 14 & Mas Vna pintura de Vn niño de Vna Bara de 15 ancho sin marco tassada en VeinteYocho rreales 16 Vna pintura de nuestra señora con Nuestro se17ñor en los braços de tres quartas de alto con su mar18co dorado de Ytalia tasada en treintaYseis Reales 19 & la qual dicha tassaçion delas dichas pinturas Ym20bentariadas el dicho Gabriel de fontecha maestro 21 pintor debajo del dicho xuramento declaro hauer 22 la hecho bien y fielmente a su saber y entender 23 sin haçer agrauio a nadie y asi lo declaro y firmo 24 yque es de hedad de Veinteyçinco años poco mas 25 omenos: Gabriel de fontecha: antemi Antonio de Vega
{h. 10r} 1 de tres cuartas de alto con su marco dorado 2 de Italia tasada en setenta reales 3 y otra pintura de santa Catalina del mesmo tamaño 4 tassada en setenta reales; 5 y más una pintura pequeñita de un relixiosso, 6 de tabla, con su marquito dorado de echura de 7 arte, tasado en veinte reales; 8 y más otra pintura pequeñita de un paisillo, de 9 tabla, con su marquito negro, tasada en veinte 10 reales; 11 y más otro cuadrito pequeñito de tafetán pajiço, 12 guarnecido con un marquito de ébano, tassado 13 en seis reales; 14 y más una pintura de un niño de una bara de 15 ancho, sin marco, tassada en veinte y ocho reales; 16 una pintura de Nuestra Señora con Nuestro Señor 17 en los braços de tres cuartas de alto con su marco 18 dorado de Italia tasada en treinta y seis reales. 19 Y la cual dicha tassación de las dichas pinturas imbentariadas 20 el dicho Gabriel de Fontecha, maestro 21 pintor, debajo del dicho xuramento, declaró haverla 22 hecho bien y fielmente a su saber y entender, 23 sin hacer agravio a nadie, y así lo declaró y firmó, 24 y que es de edad de veinte y cinco años poco más 25 o menos. Gabriel de Fontecha. Ante mí, Antonio de Vega
{h. 10v} 1 [margen: Tassacion de Vestidos] En la Villa de Madrid el dicho dia mes 2 y año dichos ante mi el Scriuano pareçio Antonio 3 ocon Maestro sastre que Viue en la plateria en ca4sas de Don Antonio de la çerda el qual debaxo de 5 juramento que hiço a Dios Y a una cruz en forma 6 de derecho declaro hauer echo la tasaçion delos 7 Vestidos y demas cossas tocantes ami ofiçio como 8 tasador nombrado para ello en la forma y 9 manera siguiente 10 & Primeramente Vna colgadura de cama de sen11piterna Vieja con su cobertor y rodapies tassada en 12 quinientos rreales 13 & Tres tapiçes de lana muy Viejos dela historia de 14 las tres diosas tasados en tresçientos rreales 15 & Mas Vn bestido de rraxa de segouia de color de 16 passa calçon rropilla ferreruelo y Vngarina con 17 sus cabos de rasso plateados bordados de seda 18 Noguerada tasado todo en tresçientos rreales 19 & Otro Vestido de senpiterna berdegai calçon ro20pilla y ferreruelo Viexo tasado en quatro ducados 21 & Vn Jubon de tela açul Viexo que se taso en diez 22 y ocho rreales 23 & Mas Vn mantel y loba Y calçon y rropilla 24 de bayeta de Alconcher Viexo tasado en çinquenta Reales, {h. 10v} 1 [margen: Tassación de vestidos] En la villa de Madrid, el dicho día, mes 2 y año dichos, ante mí el escrivano pareció Antonio 3 Ocón, maestro sastre, que vive en la Platería en casas 4 de don Antonio de la Cerda, el cual debaxo de 5 juramento que hiço a Dios y a una cruz en forma 6 de derecho declaró aver echo la tasación de los 7 vestidos y demás cossas tocantes a mi oficio, como 8 tasador nombrado para ello, en la forma y 9 manera siguiente: 10 y primeramente, una colgadura de cama de sempiterna 11 vieja, con su cobertor y rodapiés, tassada en 12 quinientos reales, 13 y tres tapices de lana muy viejos de la historia de 14 las tres diosas, tasados en trecientos reales, 15 y más un bestido de raxa de Segovia de color, de 16 passacalçón, ropilla, ferreruelo y ungarina con 17 sus cabos de rasso plateados, bordados de seda 18 noguerada, tasado todo en trescientos reales; 19 y otro vestido de sempiterna berdegai, calçón, ropilla 20 y ferreruelo viexo, tasado en cuatro ducados; 21 y un jubón de tela açul viexo que se tasó en diez 22 y ocho reales; 23 y más un manteo y loba y calçón y rropilla 24 de bayeta de alconcher viexo, tasado en cincuenta reales;
{h. 11r} 1 Vn mantel de bayeta de Alconcher traido 2 tasado en quarenta rreales 3 & Vna loba de gorgueran de ytalia traida tassa 4 da en ocho ducados 5 & Mas Vn çiñidor de seda tassado en dos ducados 6 & Mas Vn capote de albornoz Viexo forrado en 7 bayeta tasado en treinta rreales 8 & Dos sombreros aforrados en tafetan traydos ta9sados en ocho rreales 10 & Vnas Mangas de tafetan doble negro tassa11das en ocho rreales 12 & Vn ferreruelo de paño de color Verde traydo muy 13 Viexo tassado en diez y seis rreales 14 & Todos los quales dichos Vienes el dicho Antonio 15 ocon Maestro sastre debaxo del dicho Juramento 16 declaro hauer echo tassaçion de ellos bien y fiel17mente asu saber y entender sin haçer agrauio a par18te alguna y lo firmo y que es de hedad de çinquen19ta años: Antonio ocon: ante mi Antonio de 20 Vega 21 [margen: Tassacion de Ropa blanca] En la Villa de Madrid el dicho dia mes 22 yaño dichos por ante mi el escriuano pareçio ma23ria gomez Veçina desta Villa nombrada para {h. 11r} 1 un manteo de bayeta de Alconcher traído, 2 tasado en cuarenta reales; 3 y una loba de gorguerán de Italia traída, tassada 4 en ocho ducados; 5 y más un ciñidor de seda tassado en dos ducados; 6 y más un capote de albornoz viexo forrado en 7 bayeta, tasado en treinta reales; 8 y dos sombreros aforrados en tafetán traídos, tasados 9 en ocho reales; 10 y unas mangas de tafetán doble negro, tassadas 11 en ocho rreales; 12 y un ferreruelo de paño de color verde traído, muy 13 viexo, tassado en diez y seis reales. 14 Todos los cuales dichos vienes el dicho Antonio 15 Ocón, maestro sastre, debaxo del dicho juramento 16 declaró aver echo tassación de ellos bien y fielmente 17 a su saber y entender, sin hacer agravio a parte 18 alguna, y lo firmó, y que es de edad de cincuenta 20 años. Antonio Ocón. Ante mí, Antonio de 21 Vega. 22 [margen: Tassación de ropa blanca] En la villa de Madrid, el dicho día, mes 23 y año dichos, por ante mí el escrivano pareció María 24 Gómez, vecina d'esta villa, nombrada para
{h. 11v} 1 Tasar las cossas de ropa blanca el qual açepto 2 el dicho nombramiento y debajo de xuramento que 3 hiço por Dios nuestro señor y por la cruz en forma 4 de derecho prometio haçer la dicha tasaçion bien 5 y cumplidamente la qual la hiço enla manera 6 siguiente 7 & Primeramente Vn colchon de Damasco açul 8 lleno de lana tasado en Duçientos reales 9 & Vna cortina de damasco pajiço Y carmesi Viexa 10 tasada en Veinte reales 11 & Dos Cortinas de Vna tela de Ytalia de lana 12 y seda de colores Verde y blanco aforradas en 13 olandilla tasadas ambas ados en çinco ducados 14 & Dos Almillas de cotonia traidas tasadas am15bas en diez y seis rreales 16 & Vnos calconçillos de lienço traydos tasados 17 en dosReales 18 & Mas dos sabanas de ruan traidas tasadas 19 ambas en quarenta rreales 20 & Otra sabana de lienço muy Viexa tasada en 21 seis rreales 22 & Vna Camissa de ruan nueba tasada en tres 23 ducados 24 & Vn par de medias de Ylo Viejas tasadas {h. 11v} 1 tasar las cossas de ropa blanca, el cual aceptó el dicho 2 nombramiento, y debajo de xuramento que 3 hiço por Dios Nuestro Señor y por la cruz en forma 4 de derecho, prometió hacer la dicha tasación bien 5 y cumplidamente, la cual la hiço en la manera 6 siguiente: 7 Primeramente, un colchón de Damasco açul 8 lleno de lana, tasado en ducientos reales, 9 y una cortina de damasco pajiço y carmesí viexa, 10 tasada en veinte reales, 11 y dos cortinas de una tela de Italia de lana 12 y seda de colores verde y blanco, aforradas en 13 olandilla, tasadas ambas a dos en cinco ducados, 14 y dos almillas de cotonía traídas, tasadas ambas 15 en diez y seis reales, 16 y unos calçoncillos de lienço traídos, tasados 17 en dos reales, 18 y más dos sábanas de ruán traídas, tasadas 19 ambas en cuarenta reales, 20 y otra sábana de lienço muy viexa, tasada en 21 seis reales, 22 y una camissa de ruán nueba, tasada en tres 23 ducados, 24 y un par de medias de ilo viejas, tasadas
{h. 12r} 1 En tres rreales: Vna Almoada de lienço 2 muy Viexa que por estar echa pedazos no se taso 3 & Vn par de calconçillos muy Viexos tasados en 4 Vn rreal 5 & Otra camissa de lienço Viexa tasada en dos 6 Reales 7 & Vna toalla de cambray guarneçida de puntas 8 de flandes tassada en treinta rreales 9 & Vn paño de manos Viexo con desilados tasado 10 enrreal Ymedio 11 & Mas Veinte Y quatro obillos de lino Ylados 12 tasados en diez Y ocho rreales 13 & Mas otros Veinte y quatro de estopa tasados 14 en doçerreales 15 & Mas Vna camissa de ruan nueba tasada en 16 tres ducados 17 & Vnos manteles rreales nuebos tasados en çinquenta 18 rreales 19 & Otros manteles alemaniscos traidos tasados 20 en Veinte Yquatro rreales 21 & Dos camissas de ruan nuebas tasadas am22bas en seis ducados 23 & Otras tres camissas de ruan laVna Vieja {h. 12r} 1 en tres reales; una almoada de lienço 2 muy viexa, que por estar echa pedazos no se tasó, 3 y un par de calconçillos muy viexos, tasados en 4 un real, 5 y otra camisa de lienço viexa, tasada en dos 6 reales, 7 y una toalla de cambray guarnecida de puntas 8 de flandes, tassada en treinta reales, 9 y un paño de manos viexo con desilados, tasado 10 en real y medio, 11 y más veinte y cuatro obillos de lino ilados, 12 tasados en diez y ocho reales, 13 y más otros veinte y cuatro de estopa, tasados 14 en doce reales, 15 y más una camisa de ruán nueba, tasada en 16 tres ducados, 17 y unos manteles reales nuebos, tasados en cincuenta 18 reales, 19 y otros manteles alemaniscos traídos, tasados 20 en veinte y cuatro reales, 21 y dos camissas de ruán nuebas, tasadas ambas 22 en seis ducados, 23 y otras tres camissas de ruán, la una vieja,
{h. 12v} 1 tassadas en çinquenta reales 2 Vna fraçada blanca tasada en Veinte Reales 3 & Vna Colcha de cotonia afelpada trayda tasa4da en treinta reales 5 & Mas Vna cortinilla de tafetan carmesi de 6 ytalia con su barilla deyerro y una borla 7 de seda tasada en doçe rreales 8 & Dos Colchones de lienço Viexos con su lana 9 tasados en quarenta reales 10 La qual dicha tasaçion la dha Maria gomez 11 declaro debajo del dicho Juramento hauerla 12 hecho bien y fielmente a su saber Yentender 13 sin haçer agrauio apersona alguna y no firmo 14 por no sauer y que es de hedad de çinquentta 15 años poco mas omenos: antemi Antonio de Vega 16 [margen: Tassacion de espadas] Mas en el dicho dia se tasaron dos espadas Vna 17 culebrina y otra Valençiana por Thomas 18 Antonio de obregon y Pedro de Villalobos perso19nas que lo entendieron ambas ados en treinta 20 Reales y lo firmaron: Pedro de Villalobos Tho21mas Antonio de obregon 22 [margen: Mas tassacion de pinturas] En la Villa de madrid aquatro dias de 23 el mes deAgosto de mill y seisçientos Y cinquenta {h. 12v} 1 tassadas en cincuenta reales; 2 una fraçada blanca, tasada en veinte reales, 3 y una colcha de cotonía afelpada traída, tasada 4 en treinta reales, 5 y más una cortinilla de tafetán carmesí de 6 Italia con su barilla de yerro y una borla 7 de seda, tasada en doce reales, 8 y dos colchones de lienço viexos con su lana, 9 tasados en cuarenta reales. 10 La cual dicha tasación la dicha María Gómez 11 declaró debajo del dicho juramento averla 12 hecho bien y fielmente a su saber y entender, 13 sin hacer agravio a persona alguna, y no firmó 14 por no saver, y que es de edad de cincuenta 15 años poco más o menos. Ante mí, Antonio de Vega. 16 [margen: Tassación de espadas] Más en el dicho día se tasaron dos espadas, una 17 culebrina y otra valençiana, por Tomás 18 Antonio de Obregón y Pedro de Villalobos, personas 19 que lo entendieron ambas a dos en treinta 20 reales, y lo firmaron. Pedro de Villalobos. Tomás 21 Antonio de Obregón. 22 [margen: Más tasación de pinturas] En la villa de Madrid, a cuatro días de 23 el mes de agosto de mil y seiscientos y cincuenta
{h. 13r} 1 ytres años para efecto de tassar 2 las pinturas que estaban en cassa del dicho 3 señor Don Juan chacon que ban puestas 4 por Ymbentario yo el Scriuano rreçiui Jura5mento en forma de derecho del dicho Gabriel 6 de fontecha Maestro pintor elqual Ha7uiendo Jurado y Visto las dhas pinturas 8 como tasador nombrado para ellas hiço su 9 tasaçion en la forma Y manera siguiente 10 Primeramente Vna pintura de Vna santa 11 degollada con su marco dorado deYtalia 12 tasada en çiento Y çinquenta rreales 13 & Otra de Vn san Sebastian de tres quartas con 14 su marco dorado deYtalia tasada en çiento 15 y treinta reales 16 & Otra de Vna Judiç con la caueza de sanJoán 17 detres quartas delargo y media bara de 18 ancho tasada en çien reales 19 & Otra de Vna santa Chatalina de varay 20 tres quartas de ancho con su marco dorado 21 deYtalia de tres quartas de ancho tasada 22 en çien reales 23 & Otra deVna pintura deVn cupido de Vara {h. 13r} 1 y tres años, para efecto de tassar 2 las pinturas que estaban en cassa del dicho 3 señor don Juan Chacón, que ban puestas 4 por imbentario, yo el escrivano reciví juramento 5 en forma de derecho del dicho Gabriel 6 de Fontecha, maestro pintor, el cual aviendo 7 jurado y visto las dichas pinturas 8 como tasador nombrado para ellas hiço su 9 tasación en la forma y manera siguiente: 10 primeramente una pintura de una santa 11 degollada con su marco dorado de Italia, 12 tasada en ciento y cincuenta reales, 13 y otra de un san Sebastián de tres cuartas con 14 su marco dorado de Italia, tasada en ciento 15 y treinta reales, 16 y otra de una Judiç con la caveza de san Juan 17 de tres cuartas de largo y media bara de 18 ancho, tasada en çien reales, 19 y otra de una santa Catalina de vara y 20 tres cuartas de ancho con su marco dorado 21 de Italia de tres cuartas de ancho, tasada 22 en cien reales, 23 y otra de una pintura de un cupido, de vara
{h. 13v} 1 de alto y tres quartas de ancho tasada en 2 setenta reales 3 Vna prespectiba ochabada con su marco 4 dorado de Ytalia tasada en setenta Ysiete 5 Reales 6 & Otra de Vna samaritana de media Bara 7 de largo y dos terçias de ancho con su marco 8 deYtalia tasada en çien reales 9 & Vn lienço de Vara de alto y tres quartas de 10 ancho con su marco dorado de Ytalia de 11 dos figuras Armadas tasado en sessentaY 12 seis rreales 13 & Otra del mesmo tamaño de VaraY tres 14 quartas de alto con su marco dorado de Yta15lia de tres figuras y una en Vn cauallo ta16sada en otros sessenta Yseis Reales 17 La qual dicha tasaçion debajo del dicho Ju18ramento el dicho Gabriel de fontecha dixo ha19uerla hecho bieny fielmente a todo su sauer yen 20 tender sin haçer agrauio a ninguna delas par21tes y lo firmo y que es de hedad de veinte Y 22 çinco años: Gabriel de fontecha: antemi 23 Antonio de Vega 24 [margen: Declarazion delo en que se vendio lali breria] En la villa de madrid asiete dias {h. 13v} 1 de alto y tres cuartas de ancho, tasada en 2 setenta reales; 3 una prespectiba ochabada con su marco 4 dorado de Italia, tasada en setenta y siete 5 reales, 6 y otra de una samaritana de media bara 7 de largo y dos tercias de ancho con su marco 8 de Italia, tasada en cien reales, 9 y un lienço de vara de alto y tres cuartas de 10 ancho con su marco dorado de Italia de 11 dos figuras armadas, tasado en sessenta y 12 seis reales, 13 y otra del mesmo tamaño de vara y tres 14 cuartas de alto con su marco dorado de Italia 15 de tres figuras y una en un cavallo tasada 16 en otros sessenta y seis reales. 17 La cual dicha tasación debajo del dicho juramento 18 el dicho Gabriel de Fontecha dixo averla 19 hecho bien y fielmente a todo su saver y entender, 20 sin hacer agravio a ninguna de las partes, 21 y lo firmó, y que es de edad de veinte y 22 cinco años. Gabriel de Fontecha. Ante mí, 23 Antonio de Vega. 24 Declarazión de lo en que se vendió la librería. En la villa de Madrid, a siete días 25
{h. 14r} 1 del mes de Agosto de mill y seiscientos Y 2 çinquentaY tres años el dicho don Rodrigo 3 de espinosa riuadeneyra debajo de Juramento 4 que hiço a Dios y auna cruz en forma dede5recho declaro que los libros dela libreria 6 ymbentariada que fueron del dicho Don Ga7briel de espinosa se Vendieron en seis mill 8 seisçientos y çinquenta reales en Juan Bau9tista tabano librero que Viue en la calle de 10 atocha y asi lo declara para que en todo 11 tiempo conste y que dela dicha cantidad hapa12gado algunas deudas y mandas del dho don 13 Gabriel y lo firmo: Rodrigo de espinosari 14 uadeneyra: antemi Antonio de Vega 15 [margen: Auto] En la Villa de Madrid a siete dias 16 del mes de Agosto de mill y seisçientos y çin17quenta ytres años el señor llizençiado 18 Don Alonso de castro y castillo Theniente 19 de Corregidor desta dicha Villa y su tierra por 20 su Magestad: hauiendo Visto el Ymbenta21rio y tasaçion de esta otra parte que sea hecho 22 de los Vienes y haçienda que quedo por 23 fin y Muerte del llizençiado Don Gabriel 24 de espinosa difunto: Mando que detodo {h. 14r} 1 del mes de agosto de mil y seiscientos y 2 cincuenta y tres años, el dicho don Rodrigo 3 de Espinosa Rivadeneira, debajo de juramento 4 que hiço a Dios y a una cruz en forma de derecho 5 declaró que los libros de la librería 6 imbentariada que fueron del dicho don Gabriel 7 de Espinosa se vendieron en seis mil 8 seiscientos y cincuenta reales en Juan Bautista 9 Tábano, librero, que vive en la calle de 10 Atocha, y así lo declara para que en todo 11 tiempo conste, y que de la dicha cantidad á pagado 12 algunas deudas y mandas del dicho don 13 Gabriel, y lo firmó. Rodrigo de Espinosa Rivadeneira. 14 Ante mí, Antonio de Vega. 15 [margen: Auto] En la villa de Madrid, a siete días 16 del mes de agosto de mil y seiscientos y cincuenta 17 y tres años, el señor lizenciado 18 don Alonso de Castro y Castillo, teniente 19 de corregidor d'esta dicha villa y su tierra por 20 su Magestad, aviendo visto el imbentario 21 y tasación de esta otra parte que se á hecho 22 de los vienes y hacienda que quedó por 23 fin y muerte del lizenciado don Gabriel 24 de Espinosa, difunto, mando que de todo
{h. 14v} 1 ello se de alas partes Ynteressadas Vn 2 traslado dos o mas o los que fueren ne3çesarios a los quales desde luego para que 4 Valgan y hagan fee en Juiçio y fuera del 5 su mrd ynterpone su autoridad y judicial 6 decreto en forma y lo firmo: el llizençiado 7 Don Alonso de castro: ante mi Antonio de 8 Vega: enmdo "Co" ba testdo Y lo: 9 Yo Antonio de Vega escriuano del Rey nuestro señor y del numero demd presente 10 fuy aloque dicho es y en fee dellolosigne y el Rexistro queda en ssello quarto [signos y firma] 11 En testimonio [signo] de Verdad Antonio de Vega{h. 14v} 1 ello se dé a las partes interessadas un 2 traslado, dos o más, o los que fueren necesarios, 3 a los cuales desde luego para que 4 valgan y hagan fe en juicio y fuera d'él 5 su merced interpone su autoridad <...> 6 decreto en forma, y lo firmó. El lizenciado 7 don Alonso de Castro. Ante mí, Antonio de 8 Vega. Enmendó <...> Y lo <...>. 9 Yo Antonio de Vega, escrivano del rey nuestro señor y del número de Madrid, presente 10 fui a lo que dicho es y en fe d'ello lo signé, y el rexistro queda en sello cuarto.
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  • CODEA-1511 | GITHE | CODEA+ 2015
  • Archivo y signatura: Archivo Regional de la Comunidad de Madrid | 8659/5
  • Fecha y lugar: 07/08/1653 (España, Madrid, —)

  • Regesto: Inventario y tasación de los bienes de un testamento.
    Escribano, fórmula lematizada y literal: Antonio de Vega (ANTE MÍ: ante mí)
    Ocupación:
    Ámbito de emisión: Particular
    Tipología documental y diplomática: Testamentos e inventarios | inventario
    Participación femenina: No
    Escritura: Humanística redonda
    Soporte y medidas: Papel
    Materias: bienes, corregidor, ducados, hacienda, inventario, pinturas, reales, tasación, tasar, vestidos

  • Ana Flores Ramírez
  • Formas paleográficas
    FORMA FORMA REVERSA FABSOLUTA FRELATIVA
    TOTAL4931100%
    Formas críticas
    FORMA FORMA REVERSA FABSOLUTA FRELATIVA
    TOTAL4712100%
    Marcas del texto
    TIPO MARCA
    cruz[cruz]
    margen[margen: Pinturas]
    margen[margen: Ropa]
    margen[margen: 1.653]
    margen[margen: Prosigue]
    margen[margen: Pinturas]
    margen[margen: Pedimiento]
    margen[margen: Autto]
    margen[margen: tassacion de madera]
    margen[margen: Tassacion de pinturas]
    margen[margen: Tassacion de Vestidos]
    margen[margen: Tassacion de Ropa blanca]
    margen[margen: Tassacion de espadas]
    margen[margen: Mas tassacion de pinturas]
    margen[margen: Declarazion delo en que se vendio lali breria]
    margen[margen: Auto]
    signo[signos y firma]
    signo[signo]